Euskal Unibertsitate Sistemaren Kalitatea Ebaluatu eta Egiaztatzeko Agentzia
Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco
El plazo de presentación de solicitudes ha comenzado el 2 de diciembre de 2009 y estará abierto hasta el 2 de enero de 2010 para la Convocatoria de Acreditación Específica.
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LA SOLICITUD Y EL CURRÍCULO MEDIANTE LA UTILIZACIÓN RECOMENDADA DEL PROGRAMA EGIAZTAPENA DT-II 2009 (Convocatoria Específica 2009).
Para la correcta elaboración de la solicitud y el currículo a presentar en el procedimiento de acreditación específico es imprescindible la lectura detallada de las siguientes normas:
Las solicitudes y el currículo correspondiente se pueden generar y enviar mediante la aplicación informática EGIAZTAPENA-DT II 2009
Asimismo, tanto la solicitud como el currículo se pueden elaborar utilizando los modelos que se incorporan como Anexo I y Anexo II de la respectiva Convocatoria y serán entregados en el Registro Oficial de Uniqual utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Junto con la solicitud y el currículo, los y las solicitantes deberán aportar copia simple de la documentación acreditativa de la titulación exigida, de la correspondiente hoja de servicios, de todos los méritos que componen su currículo y, en su caso, de la condición de doctor o doctora. La tramitación del expediente utilizando esta segunda vía puede ser más lenta por motivos operativos.
Aquellos y aquellas solicitantes que utilicen la aplicación informática EGIAZTAPENA-DT II 2009 para la elaboración y envío de la solicitud y el currículo, podrán enviar la documentación acreditativa escaneada a través de la referida aplicación informática.
Por último, y en cualquier caso, los y las interesados e interesadas habrán de descargar de la página web de Uniqual el formulario de la denominada “Declaración de veracidad”, que incluya una relación completa de los documentos de los que se hace entrega y, en su caso, la indicación de aquéllos que ya obran en poder de UNIQUAL por haberse presentado en algún procedimiento de acreditación anterior. El original firmado de esta declaración será siempre presentado ante el registro oficial de Uniqual utilizando cualquiera de los medios establecidos en el referido artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No será posible el envío telemático de la referida “Declaración de veracidad”.