Euskal Unibertsitate Sistemaren Kalitatea Ebaluatu eta Egiaztatzeko Agentzia
Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco
La Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, establece que el Gobierno podrá establecer para el personal docente e investigador, funcionario y contratado, complementos retributivos, de acuerdo con los criterios que considere oportunos en torno a la docencia, la investigación y la gestión, entre los que se incluirán los méritos lingüísticos, previa valoración de los méritos por Uniqual.
El Consejo de Administración de Uniqual, en base al Decreto 209/2006, de 17 de octubre, aprobó el 10 de diciembre de 2008 el procedimiento y los criterios de evaluación referidos a los complementos del profesorado, recogidos en el Protocolo para la Evaluación y Asignación de Complementos Adicionales del Personal Docente e Investigador de la UPV/EHU.
El Programa de Evaluación de Complementos del Profesorado de Uniqual, se refiere, por lo tanto, a la evaluación necesaria de la actividad docente, investigadora y de gestión para la retribución de complementos individuales al personal docente e investigador de la UPV/EHU.